Representación de los herederos

¿Por qué hacerse representar por un genealogista sucesorio, durante la liquidación de una sucesión? Si usted es un futuro heredero y que ha sido contactado por ADD Associés en el marco de una sucesión, podemos acompañarle durante toda su liquidación. Le representamos en la notaría, en cuanto se hayan establecido sus derechos mediante el declaración de herederos.

¿Por qué hacerse representar por un genealogista sucesorio, durante la liquidación de una sucesión?

Una misión esencial de los equipos de ADD Associés consiste en representar al o a los herederos encontrados, cuyos derechos hayan sido establecidos mediante el declaración de herederos, durante la liquidación de la sucesión. 

Un acompañante que tiene valor

Gracias a sus conocimientos en resoluciones de sucesiones y en legislación tributaria sucesoria, ADD Associés procura optimizar los intereses del heredero que le ha otorgado un poder, y asegurarse de que se defiendan sus derechos lo mejor posible.

Un documento indispensable: el poder

Para ser representado, el heredero debe firmar un poder en beneficio de ADD Associés que, de este modo, se convertirá en su apoderado en las operaciones de liquidación de la sucesión.  ADD Associés deberá rendir cuentas de sus actos detalladamente al heredero que le otorga el poder y pedir previamente su acuerdo, antes de cualquier acto de disposición relativo a los muebles presentes en los bienes inmobiliarios.

El poder: un ahorro de tiempo y serenidad

En su calidad de apoderado, ADD Associés estará presente en las citas necesarias para la liquidación de la sucesión: firma del declaración de herederos, cita para realizar el inventario (para el que el heredero será previa y obligatoriamente informado de las fechas y horas de la cita, en caso de que quisiera estar presente), firmas de las ventas inmobiliarias, firma de documentos tributarios y, en general, de todas las operaciones útiles para la liquidación de la sucesión.

Las principales etapas de la liquidación de una sucesión 

  1. La firma del declaración de herederos, destinada a establecer su calidad de heredero y sus derechos en la sucesión del causante;   
  2. La realización de un inventario de los bienes mobiliarios que pertenecían al causante, si es necesario. 
  3. La firma del certificado inmobiliario que certifica la transmisión a los herederos de los bienes y derechos inmobiliarios de la sucesión (si es necesario) antes de la venta eventual.   
  4. La liquidación de los activos inmobiliarios y mobiliarios de la sucesión.   
  5. La firma y la presentación de la declaración de sucesión: documento destinado a la administración tributaria que presenta una fotografía del patrimonio del causante, en el momento de la defunción y que permite determinar los importes de los impuestos de sucesión que le corresponden. 
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