Sus preguntas / Nuestras respuestas
Ha sido contactado por un genealogista sucesorio de ADD Associés, porque usted es un heredero potencial en una sucesión. Esto le genera probablemente muchas preguntas jurídicas, administrativas y/o prácticas.
Cuando no conocen a todos o a parte de los herederos o cuando dudan de poder establecer la liquidación de la sucesión, los notarios nos otorgan un mandato para llevar a cabo investigaciones genealógicas a veces complejas.
En efecto, conforme al artículo 36 de Ley francesa del 23 de junio de 2006 relativa a la reforma de las sucesiones y liberalidades, el gabinete ADD Associés puede recibir un mandato por parte de: «Cualquier persona que tenga un interés directo y legítimo para identificar a los herederos o para liquidar la sucesión».
La intervención del genealogista permite certificar legalmente la declaración de herederos. Nuestro gabinete de genealogía dispone de accesos específicos al Registro Civil, de un banco exclusivo de más de 500 millones de datos genealógicos digitales, así como de competencias específicas en búsqueda de herederos.
El notario no dispone de los recursos necesarios para realizar investigaciones de este tipo que obligan a frecuentes desplazamientos, tanto en Francia como en el extranjero. Además, la mayoría de los trámites requieren la experiencia de investigadores profesionales dotados de autorizaciones administrativas que permiten, en particular, acceder al Registro Civil.
Nuestra misión como genealogistas sucesorios consiste en encontrar a los herederos (identificarlos, localizarlos, entrar en contacto con ellos) para revelar el origen de sus derechos hereditarios y, posteriormente, representarlos durante la liquidación de la sucesión.
Más concretamente, nuestra intervención consiste en:
- Justificar los derechos de los herederos presentando una árbol genealógico certificado y del que somos jurídicamente responsables y que servirá de base al notario cuando redacte la declaración de herederos (documento que establece de forma oficial la lista de los herederos, los justifica e indica el alcance de sus derechos).
- Representar a los herederos mediante un poder que les evita tener que desplazarse, y que no tengan que hacer ellos mismos todos los trámites necesarios para la liquidación de la sucesión, a la vez que benefician de nuestra experiencia jurídica.
- Mantener a los herederos informados en todas las etapas importantes de la liquidación de la sucesión, así como de las operaciones realizadas en calidad de apoderado.
- Obtener el acuerdo previo de los herederos para cualquier acto de disposición (venta, licitación, reparto…).
El contrato de revelación establece los términos de un acuerdo entre usted, futuro heredero, y ADD Associés. Desde 1866, la jurisprudencia reconoce el contrato de revelación sometido por el genealogista sucesorio a los herederos. En este contrato se establecen de forma clara y transparente las condiciones de remuneración de nuestro gabinete de genealogía. Una vez firmado este contrato, le revelaremos el origen de sus derechos, y nos comprometemos en hacerlos valer en el marco de la sucesión.
Un poder otorga a ADD et Associés la calidad de apoderado y lo autoriza a actuar en su nombre y a regularizar la declaración de herederos. Esto también le evita todos los desplazamientos, al permitir que ADD et Associés le represente en las citas previstas durante la liquidación de la sucesión.
No, anticipamos todos los fondos necesarios a la liquidación de la sucesión (estos gastos seguirán corriendo a nuestro cargo en caso de que el pasivo absorba el activo, descubrimiento de testamento o de herederos más cercanos).
Los honorarios son proporcionales, se calculan sobre la base de un porcentaje de la cuota del activo que le corresponde al heredero. Dependen del grado de parentesco. Los honorarios se aplican cuando:
- Las investigaciones emprendidas han conducido a revelar sus derechos a un heredero o beneficiario de los derechos, que los desconocía hasta entonces,
- Las investigaciones llevadas a cabo han permitido justificar los derechos de sucesión de un heredero o beneficiario de los derechos. En caso de litigio relativo a la conclusión, validez, interpretación, ejecución y ruptura del contrato, en caso de no recurrir a una forma alternativa de resolución del litigio, el heredero podrá acudir a la jurisdicción competente para interponer una demanda en relación con lo que impugna.
Cuando el notario dispone del expediente hereditario completo, puede establecer el activo (ahorros, mobiliario, bienes inmuebles…) y el pasivo de la sucesión (facturas, hipotecas, préstamos, deudas fiscales…).
Las sucesiones en las que intervenimos son, en principio, beneficiarias. No obstante, si las operaciones de liquidación mostraran un pasivo que absorbiera el activo, estaría protegido por el contrato de revelación. En efecto, este contrato prevé que nos haríamos cargo personalmente de este déficit, de modo que no tenga que abonar nada. En un caso así, tampoco tendrá que pagar ningún honorario o gastos a ADD Associés.
No. Cuando se revelen el nombre del difunto y posteriormente el valor de la sucesión, podrá aceptar o renunciar a la sucesión.
Transmitiremos la cuota a los herederos por transferencia bancaria o cheque.
No, el importe que cobrará es neto de todos los gastos e impuestos, porque el notario realizará previamente todos los pagos relativos a los tributos.
Para los herederos que residen en el extranjero, existen acuerdos bilaterales entre Francia y algunos Estados que permiten evitar una doble imposición (se debe estudiar según el domicilio fiscal del heredero).
El importe de los impuestos de sucesión depende del grado de parentesco y de la cuota que le corresponde. Para información más detallada, consulte nuestro Libro relativo a la fiscalidad.
El notario debe asegurarse de que el signatario del poder de representación consentido a nuestro favor es efectivamente el heredero indicado en el documento. Por lo tanto, debe comprobar la firma. En caso de que falte uno de estos documentos, su firma deberá ser legalizada por cualquier autoridad habilitada (ayuntamiento, notario o autoridad consular).
El derecho francés permite heredar hasta el 6° grado (podrá tratarse de un sobrino nieto de su abuelo o su abuela materna y de forma idéntica del lado paterno). Resulta frecuente desconocer a los descendientes de todos los hermanos y hermanas de nuestros cuatro abuelos y abuelas.
No, porque con el poder que nos ha otorgado, no tendrá la obligación de desplazarse. Le representaremos en las operaciones de liquidación y mantendremos informado de forma detallada. Cualquier acto importante (fijación del precio de venta, cuenta de reparto, etc.) estará sujeto previamente a su acuerdo expreso.
Sí. Estamos a su disposición para un encuentro con usted en nuestras oficinas o en su domicilio, tanto en Francia como en el extranjero.
Estamos sujetos al secreto profesional y al cumplimiento del Reglamento sobre la protección de los datos personales (RGPD). En este particular, no podemos comunicarle los datos de sus coherederos. Sin embargo, tras el acuerdo de los interesados, podemos ponerlos en relación.
Una vez que nuestro expediente esté completo, podemos dirigirle una copia del árbol genealógique, si lo solicita. Sin embargo, no se divulgarán los datos de los herederos.
La fotocopia de un documento oficial de identidad con su foto y su firma (DNI, pasaporte, carné de conducir, etc.). Si tiene tres hijos o más, la fotocopia de su libro de familia o los certificados de nacimiento de sus hijos. Este documento permitirá que se beneficie de una reducción en los impuestos de sucesión. Estas disposiciones ya no siguen vigentes para las sucesiones abiertas a partir del 01.01.2017, pero permanecen aplicables para las sucesiones anteriores. Si usted tiene alguna discapacidad, puede beneficiar de una reducción fiscal: no dude en indicarlo, para que podamos estudiar con usted los documentos necesarios que se deben comunicar a la administración fiscal.
Para los herederos extranjeros, su certificado de nacimiento y de matrimonio.
Fundado en París en 1990, ADD Associés es en la actualidad un referente internacional en el ámbito muy especializado de la búsqueda de herederos desconocidos o desaparecidos. Al elegir ADD Associés, se beneficia de competencias, experiencia y de una eficacia reconocida, además de las altas garantías que le protegen.
- 180 expertos que pueden llevar a cabo investigaciones y encontrar herederos en cualquier parte del mundo, en plazos muy reducidos.
- Capacidad para investigaciones nacionales e internacionales.
- Metodologías probadas y certificadas.
- Altas garantías que le protegen (fondos de los clientes en seguridad en la Caisse des Dépôts et Consignation, garantía financiera, Responsabilidad Civil Profesional, auditoría anual por KPMG).
Sí, recibirá un correo para informarle de la fecha prevista para el inventario. Sin embargo, su presencia no es necesaria porque con el poder que ha firmado, podemos representarle. En cualquier caso, se le enviará un informe del inventario que incluye el valor establecido por el notario o el tasador.
Solicitamos al menos dos tasaciones establecidas por profesionales del sector inmobiliario. Solo se realizará la venta después de obtener el acuerdo de cada heredero, en cuanto al principio de la venta y a su precio. En su caso, se le puede pedir un poder especial para la venta del bien inmobiliario.
Los efectos personales (fotografías, ropa, correspondencia, etc.) del difunto, no entran a formar parte del activo de la sucesión. Pueden ser repartidos y entregados a los herederos que los soliciten.
En su caso, el notario se hace cargo de los trámites necesarios para su desbloqueo y cobro de la eventual liquidez disponible.
El seguro de vida es un activo con carácter sucesorio. La apertura de la sucesión implica el desbloqueo de los capitales.
Para que podamos realizar el pago de la fiscalidad eventual y el desbloqueo en su nombre ante las compañías de seguro, le enviaremos una autorización especial que deberá remitirnos firmada.
La declaración de sucesión es un documento fiscal que debe ser enviado a la administración fiscal, para que esta cobre los impuestos de sucesión que usted debe.
La declaración de sucesión deberá incluir los elementos siguientes:
- Todos los datos relativos a la identidad del difunto. En su caso, deben ser mencionadas la identidad y la calidad de los herederos, beneficiarios, legatarios.
- Las disposiciones testamentarias detalladas.
- El recordatorio de todas las donaciones consentidas por el difunto antes de su defunción. Solo se tendrán en consideración, en el cálculo de los impuestos de sucesión, las donaciones y los donativos de la mano a la mano consentidos desde hace menos de 15 años (para las defunciones que se han producido después del 17 de agosto de 2012). Las donaciones registradas legalmente desde hace más de 15 años, así como los donativos de la mano a la mano, revelados a la administración y declarados desde hace más de 15 años, deben ser indicados, pero no se tendrán en consideración para el cálculo de los impuestos de sucesión.
- La enumeración y la estimación detallada de todos los bienes mobiliarios (cuentas bancarias, títulos, liquidez…) y mobiliarios de la sucesión, ya sea imponibles o exonerados, y optando por su valor venal el día de la defunción (activo).
- La enumeración y el importe de las deudas del difunto, que existen el día de la defunción (pasivo).
- Una declaración de veracidad.
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